Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha dispuesto prorrogar la feria fiscal hasta el 10 de mayo, en línea con la extensión el aislamiento social preventivo y obligatorio. La medida fue establecida por medio de la Resolución General 4703/2020, publicada en el Boletín Oficial de fecha 28 de abril del corriente.
Así, el organismo mantiene la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos como, por ejemplo, determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros. Pero no implica ninguna modificación ni prórroga sobre los vencimientos de impuestos.
AFIP aclaró que no suspenderá sus acciones. Sin embargo, durante la vigencia de la medida quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.
Además, a través de la Resolución General 4702/2020 (BO 28/04/2020), AFIP estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante abril.