Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA) informamos que el Gobierno Nacional ha decidido prorrogar por un año el beneficio que permite a las pequeñas y medianas empresas descontar del Impuesto a las Ganancias lo pagado en concepto de Impuesto sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias.
Este beneficio, que tendrá vigencia durante todo el 2025, busca aliviar la carga tributaria de las pymes, que representan el motor económico de nuestro país. La medida fue anunciada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y se estima que alcanzará a más de 1,2 millones de micro, pequeñas y medianas empresas registradas.
De acuerdo con esta disposición, el 100% del impuesto sobre los créditos y débitos será computable contra el Impuesto a las Ganancias para las micro y pequeñas empresas, mientras que las empresas medianas del tramo 1 podrán descontar el 60%.
La medida consiste en la reglamentación del Decreto 1137 de 2024, que está inspirado a su vez en el Decreto 394 de 2023. Este último estableció en su momento que las pymes puedan optar por computar hasta un 30% del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, que hubiese sido efectivamente ingresado a partir de la entrada en vigencia de esa medida, como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales previstas en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública y sus modificaciones que se destinen al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Para más información, podrá consultar el detalle de la medida en el portal oficial de ARCA
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 13 de enero de 2025