La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informa a sus entidades adheridas que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el próximo martes 26 de mayoel plazo para registrarse en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
De esta manera, aquellos empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios correspondientes al mes de mayo, tendrán tiempo hasta el 26 de mayo inclusive para anotarse en el sitio web de AFIP con clave fiscal, ingresando al apartado destinado a dicho fin.
Asimismo, recordamos que deberán inscribirse incluso aquellas empresas que ya hubieran realizado el procedimiento el pasado mes.
Una vez finalizado el período de inscripción y cargada la información pertinente, el organismo evaluará específicamente cuáles son los beneficios a los que podrá acceder cada empresa.
Respecto de la facturación, cabe destacar que entre abril de 2019 y abril de 2020 la empresa no podrá registrar una variación superior al 5%.
Reiteramos que los empleadores registrados en el Programa ATP que aún no hubieran cargado la CBU de sus trabajadores y trabajadoras, deberán hacerlo sin excepción para cada uno de sus empleados y empleadas.
La carga de la información se realiza en la web de AFIP a través del servicio “Simplificación Registral” y no es necesario contar con una cuenta sueldo, sino que se considera válida cualquier cuenta bancaria en la cual el trabajador o trabajadora figure como titular o cotitular de la misma.