La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informa que, a partir de la Resolución 563/2019, la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación, determinó la actualización de los montos de facturación que definen a la Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPymes) por categoría y sector.
El objetivo de esta medida elaborada a partir del impacto del aumento sostenido y generalizado de precios, es impedir que muchas empresas, en este marco inflacionario, dejen de ser incluidas dentro del universo MiPyme. Según lo expresa la norma, los nuevos valores serán los siguientes:
Asimismo, recordamos que a través de la Resolución General Conjunta (AFIP-SEPYME) 4642/2019 publicada en el Boletín Oficial el 06 de diciembre pasado, se estableció la renovación automática de la vigencia del “Certificado MiPyme” y, en consecuencia, la reinscripción de la empresa en el “Registro de Empresas MiPymes”.
Para el caso en que, debido a la evolución de la facturación, la empresa hubiera quedado excluida, ésta deberá presentar la información actualizada de facturación correspondiente a los campos del Formulario Nº 1272 (AFIP), denominado “Pymes/Solicitud de categorización y/o beneficios”.
De esa manera, la empresa podrá ser reincorporada al Registro y posteriormente, acceder a los beneficios que el régimen contempla para las MiPymes correctamente inscriptas.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de diciembre de 2019.