Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA), informamos a nuestros asociados que se homologó el acuerdo de comercio por suspensiones del Art. 223 bis.
En la resolución, se establece que el convenio homologado, será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo y que a los efectos de tornar aplicables sus términos a las empresas de la actividad, las mismas deberán adherirse mediante una nota que así lo refiera, haciendo constar el listado de personal afectado, especificando los datos del acuerdo y su resolución homologatoria. La nota deberá ser dirigida al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
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Fuente: Red CAME
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de mayo de 2020.