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6 mayo , 2020

Información ampliada sobre los beneficios que provee el Estado y la modificatoria del Decreto 332/20

La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informa que a través de la publicación del Decreto 376/20 publicado en Boletín Oficial el pasado 19 de abril se han hecho modificaciones al Decreto 332/20 que se detallan a continuación:

El Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) consistirá en la obtención de uno o más de los siguientes beneficios:

a. Postergación o reducción de hasta el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.

b. Salario Complementario: asignación abonada por el Estado Nacional para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado. Más información aquí sobre cómo aplicarlo en el libro de sueldo digital.

c. Crédito a Tasa Cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y para trabajadoras y trabajadores autónomos con subsidio del CIEN POR CIENTO (100%) del costo financiero total a acreditarse en una financiación en la tarjeta de crédito del beneficiario. El monto de la financiación no podrá exceder una cuarta parte del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con un límite máximo de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000). El financiamiento será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas.

d. Sistema integral de prestaciones por desempleo: los trabajadores accederán a una prestación económica por desempleo elevándose los montos de las prestaciones económicas por desempleo a un mínimo de PESOS SEIS MIL ($ 6.000) y un máximo de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000).

Asimismo, los sujetos que cumplan con los requisitos establecidos anteriormente, accederán a uno de los siguientes beneficios en materia de las obligaciones emanadas del sistema de seguridad social:

a. Postergación de los vencimientos para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.

b. Reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino devengadas durante el mes de abril de 2020.

En adhesión, el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) bonificará el CIEN POR CIENTO (100%) de la tasa de interés y del costo financiero total que devenguen los Créditos a Tasa Cero que se otorguen a personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y trabajadoras o trabajadores autónomos.

Así también el Fondo de Garantías Argentina (FoGAR) podrá avalar hasta el CIEN POR CIENTO (100%) de los Créditos a Tasa Cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y trabajadoras o trabajadores autónomos, sin exigir contragarantías.

Para acceder a la comparativa entre ambos decretos y ver cada una de las respectivas reformas haga click aquí

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