FECOBA informa que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP),a travésde la Resolución General 4705/2020 publicada en el Boletín Oficial en el día de la fecha, decidió prorrogar hasta el próximo 30 de junio la suspensión de embargos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
A partir de esta nueva medida adoptada por la AFIP el plazo que había sido previamente establecido se extiende por dos meses, a fin de amortiguar el grave impacto económico de la pandemia del Coronavirus sobre la actividad económica.
Según informó el organismo “Alrededor de 1 millón de empresas que cuentan actualmente con el Certificado MiPyme, se verán alcanzadas por la suspensión de traba de medidas cautelares.
Según expresa la norma “se resuelve sustituir del artículo 20 de la Resolución General N° 4.557 la expresión “entre los días 14 de agosto de 2019 y 30 de abril de 2020, ambos inclusive…”, por la expresión “…entre los días 14 de agosto de 2019 y 30 de junio de 2020, ambos inclusive”.
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