La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) pone a disposición de sus asociados el listado completo con los 24 permisos de circulación autorizados en la Ciudad y las 27 exenciones.
Cabe destacar que el permiso que otorga la Ciudad es una declaración jurada de alcance local que debe presentarse ante las fuerzas de seguridad en los controles. Puede ser impresa o estar escrita a mano.
Sólo pueden solicitarlo quienes estén afectados a las actividades y servicios declarados esenciales que quedaron fuera del Certificado Único de Circulación Habilitante que emite el Gobierno Nacional.
¿CÓMO SACAR EL PERMISO DE TRÁNSITO?
- Seleccionar el motivo correspondiente dentro del listado de excepciones.
- Completar todos los datos de la solicitud
- Antes de enviar la solicitud, marcar las opciones:
«Me comprometo a llevar conmigo esta documentación»
«Acepto en total conformidad»
- Enviar la solicitud
- El portal informará que la solicitud fue generada exitosamente
- Guardar una captura de la pantalla de dicha constancia
- Cuando circule, llevarla junto a la documentación respaldatoria que acredite el motivo del permiso
Solicitar permiso de tránsito – CABA
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA NECESITO PARA CIRCULAR?
La documentación varía según el motivo que se trate. Por eso es importante que, luego de seleccionar el motivo por el cual se solicita el registro, se lea el recuadro rojo que se despliega debajo. Allí se informa cuál es la documentación que la autoridad de control puede requerir para respaldar el permiso.
1 – Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
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2 – Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
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3 – Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
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4 – Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
Además, se debe contar con la certificación de la autoridad superior de cada una de dichas representaciones y entidades que acredite la condición de tal de las personas mencionadas.
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5 – Personas que deban asistir a otras con discapacidad familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
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Además, deberás de contar con la declaración jurada según corresponda:
- Declaración jurada de asistencia a personas mayores y copia del documento de la personas a asistir y su domicilio.
- Declaración jurada de asistencia a niños, niñas y adolescentes.
- Personas que deban asistir a otra con discapacidad, adjuntar copia del certificado de discapacidad.
6 – Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
No hay un certificado válido a nivel nacional. Se entiende por situación de fuerza mayor a eventos contingentes, impostergables, y extra cotidianos. En todos los casos servirá acreditar la urgencia con la mayor cantidad de documentación posible.
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Solicitar permiso de tránsito para Provincia de Buenos Aires
Averigua en tu distrito si existe un certificado específico para estos casos. Por Resolución 15/2020, el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad dispuso que serán considerados como supuestos de fuerza mayor, todas aquellas situaciones por las cuales las mujeres o personas LGTTBI+ solas o junto a sus hijos e hijas salgan de sus domicilios a los fines de realizar las pertinentes denuncias penales respecto de hechos de violencia o se dirijan a requerir auxilio, asistencia o protección debido a la situación de violencia que se encuentren transitando.
7 – Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
8 – Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
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Además se debe de contar con la Declaración Jurada para comedores escolares, comunitarios y merendero
9 – Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
La autoridad competente certificará la condición de las personas mencionadas.
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Además se debe de adjuntar copia de la certificación emitida por la autoridad competente o certificación del empleador en la que conste nombre, número de teléfono y demás datos que permitan una adecuada identificación de la empresa, clave Única de Identificación Tributaria del Empleador (CUIT), nombre, número de documento y domicilio del trabajador, su calificación como personal esencial y domicilio del lugar de trabajo, conforme lo dispuesto por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación.
10 – Personal afectado a obra pública.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
Ver el instructivo para solicitarlo.
11 – Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
Ver el instructivo para solicitarlo.
12 – Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
Ver el instructivo para solicitarlo.
13 – Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
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Además, se debe contar con la Declaración Jurada para de la Consultora Ejecutiva Nacional de Transporte – CENT.
14 – Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
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Además se debe contar con la Declaración Jurada del Ente Nacional de Comunicaciones – ENACOM.
15 – Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
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16 – Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
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Además, se debe contar con la Declaración Jurada para de la Consultora Ejecutiva Nacional de Transporte – CENT.
17 – Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
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Además se deberá de adjuntar copia de la certificación emitida por la autoridad competente o certificación del empleador en la que conste nombre, número de teléfono y demás datos que permitan una adecuada identificación de la empresa, clave Única de Identificación Tributaria del Empleador (CUIT), nombre, número de documento y domicilio del trabajador, su calificación como personal esencial y domicilio del lugar de trabajo, conforme lo dispuesto por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación.
18 – Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
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19 – Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
Ver el instructivo para solicitarlo.
20 – Servicios de lavandería.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
Ver el instructivo para solicitarlo.
21 – Servicios postales y de distribución de paquetería.
Solicitar permiso de tránsito – CABA
Además, se deberá de contar con la Declaración Jurada para de la Consultora Ejecutiva Nacional de Transporte – CENT.
22 – Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
Ver el instructivo para solicitarlo.
23 – Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
Ver el instructivo para solicitarlo.
24 – S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República de Argentina disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
Solicitar permiso de tránsito – CABA
Además se debe adjuntar copia de la certificación emitida por la autoridad competente o certificación del empleador en la que conste nombre, número de teléfono y demás datos que permitan una adecuada identificación de la empresa, clave Única de Identificación Tributaria del Empleador (CUIT), nombre, número de documento y domicilio del trabajador, su calificación como personal esencial y domicilio del lugar de trabajo, conforme lo dispuesto por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación.
EXCEPCIONES INCORPORADAS EN EL MARCO
DE LA DECISIÓN ADMINISTRATIVA 429/2020
1 – Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias podrán solicitar autorización a la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
Ver el instructivo para solicitarlo.
2 – Producción y distribución de biocombustibles.
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Además, deberá de contar con la Declaración Jurada para de la Consultora Ejecutiva Nacional de Transporte – CENT.
3 – Operación de centrales nucleares.
4 – Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. También deberán garantizar las prestaciones a las personas que se hallaren alojadas en los mismos a la fecha del dictado del Decreto N° 297/20.
5. Dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones Brig. San Martín S.A.
6 – Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y de la de sus regulados, en caso de resultar necesario.
7 – Operación de aeropuertos. Operaciones de garages y estacionamientos, con dotaciones mínimas.
8 – Sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera.
9 – Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.
10 – Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, con sujeción al protocolo específico establecido por la autoridad sanitaria.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
Ver el instructivo para solicitarlo.
EXCEPCIONES INCORPORADAS EN EL MARCO
DE LA DECISIÓN ADMINISTRATIVA 450/2020
1 – Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
2 – Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
3 – Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
4 – Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
5 – Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
6 – Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
7 – Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
8 – Inscripción, identificación y documentación de personas.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
Ver el instructivo para solicitarlo.
EXCEPCIONES INCORPORADAS EN EL MARCO
DE LA DECISIÓN ADMINISTRATIVA 468/2020
1- Obra privada de infraestructura energética.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
Ver el instructivo para solicitarlo.
EXCEPCIONES INCORPORADAS EN EL MARCO
DE LA DECISIÓN ADMINISTRATIVA 467/2020
1 – Actividad notarial.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
Ver el instructivo para solicitarlo.
Excepciones incorporadas en el marco de la Decisión Administrativa 490/2020
1 – Circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista.
Las personas con discapacidad podrán salir a la vía pública, con un único acompañante, familiar o conviviente, si lo necesitaren, para realizar paseos breves, a no más de 500 metros de su residencia. En tales casos, las personas asistidas y su acompañante deberán portar sus respectivos DNI y el Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica donde se indique el diagnóstico y la necesidad de salidas, la cual podrá ser confeccionada en forma digital. La Resolución 77/2020 de la Agencia Nacional de Discapacidad establece que las personas con discapacidad solo podrán realizar salidas breves cuando no tengan síntomas compatibles con COVID-19 (fiebre, dolor de garganta, tos y/o dificultad respiratoria) y siempre que no se encuentren comprendidas en ninguna de las siguientes circunstancias:
- a) Sean mayores de sesenta años.
- b) Tengan enfermedades respiratorias crónicas, enfermedad pulmonar obstructiva, enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.
- c) Tengan enfermedades cardíacas, insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.
- d) Tengan inmunodeficiencias; e) Tengan diabetes, insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.
- f) Personas embarazadas.
Las salidas deberán realizarse según el siguiente cronograma:
- a. Los días lunes, miércoles y viernes, aquellas personas con discapacidad, cuyo último número de documento sea 1, 2, 3, 4 y 5.
- b. Los días martes, jueves y sábados, aquellas personas con discapacidad, cuyo último número de documento sea 6, 7, 8, 9 y 0.
2 – Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista.
Los profesionales deberán portar copia del Documento Nacional de Identidad de la persona bajo tratamiento y del Certificado Único de Discapacidad, o la prescripción médica correspondiente con los requisitos previstos. La Resolución 77/2020 de la Agencia Nacional de Discapacidad establece que solo se realizarán en forma presencial aquellas prestaciones de estricta necesidad, impostergables, y que no admitan su realización en modo virtual, y que no se podrá hacer uso de este tipo de prestaciones si la persona que recibirá la misma, alguno o alguna de sus convivientes, o el profesional respectivo, posee síntomas de Covid-19 o se encuentra alcanzado por alguna de las circunstancias anteriormente descritas. Esta limitación se extiende si algún conviviente con el paciente presentara los síntomas.
3 – Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
Ver el instructivo para solicitarlo.
4 – Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas.
Exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
Ver el instructivo para solicitarlo.
5 – Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas. Únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público.
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Ver el instructivo para solicitarlo.
6 -Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos. Exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
Ver el instructivo para solicitarlo.
7 -Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá realizar atención al público.
Solicitar Certificado Único Habilitante para la Circulación.
Ver el instructivo para solicitarlo.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 15 de abril de 2020