La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informa que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) – a través de la Resolución General 4693 (que será publicada en el Boletín Oficial) – creó el servicio web para que las empresas puedan registrarse y acceder a los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
Los empleadores deberán ingresar al sitio de la AFIP con Clave Fiscal, nivel de seguridad 3, como mínimo, para registrarse en el ATP del 9 al 15 de abril, ambos inclusive.
Además, el organismo dispuso que los empleadores deberán suministrar la información económica relativa a sus actividades que les sea solicitada. Los datos son necesarios para acceder a los distintos beneficios contemplados en el ATP.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 9 de abril de 2020