Tal como había solicitado la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) ante el Banco Central de la República Argentina (BCRA) – ver nota presentada el pasado 4 de junio – la entidad financiera emitió una comunicación que establece la simplificación del acceso al mercado de cambio oficial (MULC) a sectores productivos.
El objetivo de esta medida es evitar afectar la importación de bienes críticos o intermedios que se utilizan en la producción de bienes finales en el país. En este sentido, la autoridad monetaria decidió elevar de u$s 250.000 a u$s 1 millón el libre acceso directo al MULC para el pago anticipado de importaciones.
Además, decidió dejar afuera del concepto de Formación de Activos Externos líquidos un saldo de libre disponibilidad por u$s 100.000, así como los fondos de reserva o de garantía por endeudamiento u operaciones en el exterior que no pudieran ser liquidados.
Tampoco entrarán dentro de esta calificación los saldos que se originen del cobro de exportaciones de bienes y/o servicios para los cuales no hayan transcurrido el plazo de cinco días hábiles desde su percepción.
La medida prohíbe la compra de dólar mayorista a empresas que tengan dólares en efectivo o depositados en el exterior, así como a las que hayan realizado operaciones de compra venta de dólares a través del mercado bursátil (contado con liquidación y dólar MEP) en los últimos 90 días.
Por otra parte, tras reuniones con representantes del agro, el BCRA definió que los importadores de fertilizantes e insumos medicinales (medicamentos terminados e insumos para su elaboración) podrán acceder al MULC sin autorización previa para el pago por compras al exterior futuras.
Por último, se determinó que se considerará a partir del 1° de mayo de 2020 los 90 días corridos anteriores sin realizar en el país ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de estos a entidades depositarias del exterior.