Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informamos que el Gobierno extendió hasta el 31 de diciembre próximo la vigencia del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), a través del cual el Estado asiste a las empresas para el pago de salarios. Esta decisión fue publicada en Boletín Oficial de fecha 27 de octubre, por medio del Decreto 823/2020.
La norma ratificó que el Salario Complementario a asignar como beneficio debe resultar equivalente al 50% del salario neto, con lo cual el resultado así obtenido no podrá ser inferior a la suma equivalente a 1,25 salario mínimo vital y móvil ($ 21.093,75) ni superior a la suma equivalente a dos Salarios Mínimos ($ 33.750).
Recordamos que el ATP prevé que aquellos empleadores con una variación nominal negativa en su facturación interanual accedan al salario complementario, equivalente al 50% del salario neto.
Por otra parte, las empresas que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un crédito a tasa subsidiada, cuya tasa de interés será en todos los casos del 15%. Este crédito para pagar en cuotas a 12 meses tiene, además, un incentivo para las empresas ya que podrán transformar parte o todo el préstamos en subsidios del Estado en función de la creación de puestos de trabajo, a partir de parámetros de empleo interanuales.
El trámite para acceder a un crédito a tasa subsidiada se iniciará a través del sitio web de la AFIP y los préstamos se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada por cada empresa.
Para más información sobre el ATP, clic aquí