La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA) informa que el Gobierno nacional prohibió a los municipios incluir el cobro de tasas locales en las boletas de los servicios esenciales, por medio de la Resolución 267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio, publicada en Boletín Oficial de fecha 11 de septiembre del corriente.
La norma dispone que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio.
También, indica que el incumplimiento será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto en la Ley 24.240 y sus modificatorias de Defensa del Consumidor y normas reglamentarias.
La medida entra en vigor desde este miércoles 11 de septiembre y tiene un plazo de adecuación de treinta días.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11 de septiembre de 2024