Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informamos que por disposición del Banco Central de la República Argentina (BCRA) los clientes de las entidades bancarias deberán completar el Censo Nacional Económico 2020/2021, tal como lo informara nuestra institución en noviembre de 2020, de lo contrario no podrán realizar determinadas operaciones.
La medida alcanza a 700 mil empresas y a 5 millones de personas físicas. Dado el actual contexto, el relevamiento se realiza mediante un cuestionario digital denominado e-CNE que elaboró el INDEC.
De este modo, las entidades financieras deberán exigir la presentación del Certificado de Cumplimiento Censal (CCC), que acredita que la persona, física o jurídica, respondió a las consultas del Censo lanzado por INDEC.
Sin la presentación de dicho certificado, los bancos no habilitarán las siguientes operaciones:
– Apertura de cuentas de depósitos y de cualquier otra que implique captación de fondos.
– Otorgamiento de créditos y sus respectivas renovaciones.
– Apertura de créditos documentarios.
– Apertura de cuentas para valores en custodia.
– Otorgamiento de fianzas y préstamos de valores.
– Alquiler de cajas de seguridad.
En virtud de lo expuesto, durante los primeros días de febrero, los usuarios comenzaron a recibir en sus casillas de mail la notificación para informarles sobre los plazos dispuestos.
Las entidades bancarias exigirán la presentación del CCC a partir del 1 de abril para las personas jurídicas, del 1 de mayo a Responsables Inscriptos y del 1 de julio a monotributistas.