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9 junio , 2020

COMENZÓ LA REINSCRIPCIÓN AUTOMÁTICA AL REGISTRO MIPYME

Desde laFederación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informamos que a raíz de lo comunicado por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores, dependiente del Ministerio de Producción de la Nación, durante el corriente mes de junio comenzará la reinscripción automática al Registro MiPyME.

Pueden inscribirse en el Registro MiPyME los monotributistas, profesionales, comerciantes, las sociedades y las pequeñas y medianas empresas que cumplan con los requisitos. Para acceder al mismo, deberán tener presentadas las declaraciones juradas de los tres últimos ejercicios de IVA y Cargas Sociales o Monotributo, según corresponda.

El beneficio está dirigido a MiPyMEs que cuenten con el certificado vigente y que no hayan presentado un nuevo Formulario 1272 ante AFIP.

El Certificado Pyme permite acceder a créditos para pagos de sueldos, Plan de Moratoria 2020, además de otros beneficios y programas de asistencia.

La AFIP enviará a partir de hoy 8 de junio una notificación al domicilio fiscal electrónico de las empresas con cierre de ejercicio en los meses de diciembre, enero y febrero, y pondrá a disposición el Formulario 1272 para que la empresa lo revise y verifique la información antes del 20 de junio.

Para aquellas empresas cuyo cierre sea en un mes distinto a los detallados anteriormente, la información se enviará durante el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio.

En caso de detectar inconsistencias, se deberán rectificar las declaraciones juradas presentadas ante la AFIP, que son las siguientes:

Ventas: Declaraciones Juradas de IVA de los últimos 3 ejercicios fiscales cerrados, descontando el 75% de las exportaciones. El campo del formulario 1272 «Total de ventas anuales (incluido el 25% de las exportaciones y neto de impuestos internos e IVA)» es el que se utiliza para realizar la categorización, por lo que se recomienda verificar especialmente que este campo sea correcto.

Empleo: Formulario 931 de los últimos 3 ejercicios fiscales cerrados

Activo: Última declaración jurada de ganancias

Relaciones societarias y accionistas: Último formulario 657 y última declaración jurada de ganancias

Datos de contacto: Sistema registral

Actividades: Sistema registral. La actividad principal debe ser aquella que represente el mayor ingreso de la empresa y no podrá haber estado dada de alta en ninguna de las actividades excluidas durante los últimos tres ejercicios fiscales cerrados.

Si al momento de generar el Formulario 1272 la AFIP detectara incumplimientos, enviará al domicilio fiscal electrónico de la empresa una solicitud para que subsane la situación.

En caso de que la empresa regularizara su situación luego del 20 de junio, deberá realizar la solicitud de renovación manual mediante el Formulario 1272 disponible en el servicio “PyMEs / Solicitud de categorización y/o beneficios” el sitio web de la AFIP.

El primer día hábil posterior al período de revisión, la AFIP trasmitirá la información de las MiPyMEs que tengan las declaraciones juradas mencionadas a la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores presentadas. Luego, las empresas que sean parte de un grupo económico, tengan vinculación con empresas extranjeras o sean IVA exento deberán terminar su gestión manualmente cargando la información requerida en la página del Ministerio de Desarrollo Productivo, según sea el caso:

IVA exento: deberán terminar el trámite en el micrositio

Vinculación nacional: deberán aguardar que todas sus vinculadas completen el trámite de inscripción.

Vinculación extranjera: deberán informarlo al correo regpyme@produccion.gob.ar  indicando CUIT y número de transacción de la empresa nacional.

Si forman parte de un grupo económico: deben verificar antes de culminados los cuatro pasos anteriormente detallados, la correcta declaración en el formulario 657 indicando la situación de controlada y controlante. Una vez presentado todo en forma correcta, y de haber finalizado el proceso de reinscripción automática por AFIP, deberán terminar el trámite en el siguiente link donde la empresa controlante deberá declarar las ventas consolidadas del grupo económico de los últimos 3 ejercicios fiscales.

En caso de que la controlante del grupo sea extranjera, el micrositio se habilitará para que lo complete la controlada nacional que solicitó la inscripción en el Registro MiPyME.

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