La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires informa que, tal como solicitáramos desde FECOBA a la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación en reiteradas oportunidades, el gobierno nacional amplió, a través de la Resolución 283/2024, el alcance del Programa Cuota Simple a nuevos rubros y servicios que podrán financiarse también en hasta 12 cuotas fijas a partir de ahora.
La nueva normativa incorpora opciones como textiles para el hogar (ropa de cama, almohadas y almohadones, cortinas, manteles, alfombras, toallas y toallones) y permite que supermercados, hipermercados y tiendas de rubros generales, también puedan vender artículos del rubro a través de Cuota Simple. Se incorpora, también, el servicio de balnearios, y se amplía el alcance de la financiación en cuotas a ciertos artículos importados como calzado escolar y artículos de librería.
Además, se incluyen juguetes; libros; maquinaria y herramientas; motos; muebles; neumáticos; accesorios y repuestos; pequeños electrodomésticos; perfumería; servicios educativos; kits para la conexión domiciliaria a los servicios de agua y cloacas; servicios de preparación para el deporte, servicios de reparaciones; talleres de reparación de vehículos automotores y motocicletas; teléfonos celulares con tecnología 4G y 5G; televisores y monitores; materiales y herramientas para la construcción; servicios de cuidado personal; servicios de instalación de alarmas; servicios de organización de eventos y exposiciones comerciales; kits para la conexión a servicios de internet satelital y seguridad electrónica. Asimismo, se incorporan nuevos comercios y proveedores con el objetivo de ampliar la oferta para los consumidores.
De acuerdo con el texto de la resolución, «podrán ser adquiridos mediante el financiamiento previsto los bienes de producción nacional y los servicios prestados en el territorio de la República Argentina comprendidos en las categorías que a continuación se detallan:
(i) Línea Blanca. Comprende únicamente los siguientes productos: aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes, calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers.
(ii) Indumentaria. Comprende los siguientes productos: prendas de vestir para hombres, mujeres y niños (incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir), así como también joyería y relojería.
(iii) Calzado y Marroquinería. Comprende los siguientes productos: calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.
(iv) Teléfonos celulares con tecnología 4G y 5G.
(v) Muebles. Comprende todos los muebles para el hogar.
(vi) Bicicletas. Comprende todo tipo de bicicletas, inclusive las eléctricas, sus partes y/o piezas.
(vii) Motos.
(viii) Servicios Educativos. Comprende cursos de idioma, cursos relacionados con informática, deportivos y actividades culturales. No incluye escuelas ni universidades. (xxxiii) Servicios de instalación de alarmas.
(xxxiv) Kit para la conexión a servicios de internet satelital.
(xxxv) Seguridad electrónica. Comprende cámaras de videovigilancia, sistemas de circuito cerrado y monitoreo, instalación de circuitos de seguridad.
(xxxvi) Textiles para el hogar. Comprende ropa de cama, almohadas y almohadones, cortinas, manteles, alfombras, toallas y toallones”.