Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informamos que en Boletín Oficial de fecha 12 de agosto del corriente fue publicada la Resolución General 4792/2020, que habilita la posibilidad de acceder a créditos subsidiados para el pago de salarios de julio, en el marco del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).
Los empleadores deberán realizar la solicitud a través de la Web de la AFIP, hasta el 18 de agosto del corriente. Podrán solicitar un monto máximo equivalente a la sumatoria del 120% de un Salario Mínimo Vital y Móvil por cada trabajadora y trabajador que integre la nómina hasta el 31 de mayo.
Adicionalmente, el ente recaudador aclaró que el monto del crédito no podrá superar la sumatoria del salario neto de cada uno de las trabajadoras y trabajadores de la empresa solicitante correspondientes al mes de mayo de 2020.
Los préstamos estarán disponibles para aquellas empresas cuya facturación tuvo una variación de entre 0% y 30% en el último año y tendrán una tasa de interés fija; para las que percibieron una variación de hasta 10%, la tasa será del 0%; para las que exhibieron un aumento de entre 10% y 20%, el costo del financiamiento será del 7,5%, mientras que para las que tuvieron un incremento de entre 20% y 30%, la tasa será del 15%.
La normativa de la AFIP establece que las empresas contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.