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15 septiembre , 2020

Día del Empleado de Comercio: traslado al lunes 28/09

Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informamos a nuestras entidades asociadas que el tradicional Día del Empleado de Comercio, habitualmente celebrado el 26 de septiembre de cada año, se traslada al lunes 28 de septiembre.

Es importante destacar que este día, reconocido por la ley 26.541 y ratificado en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 en su artículo 76, se rige según las normas establecidas por la Ley de Contrato de Trabajo para el descanso dominical. 

Esto significa que, en caso de prestar servicio, los empleados percibirán la remuneración normal de los días laborales más una cantidad igual, es decir, esa jornada se abona doble.  En caso de no trabajar, se liquida en los salarios como jornada habitual.

Cabe resaltar, además, que dicho día no podrá otorgarse como franco compensatorio de descanso semanal. 

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