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13 noviembre , 2020

El Gobierno reemplaza el ATP por el Programa de Recuperación Productiva (REPRO II)

La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informa a nuestras entidades asociadas que el Gobierno nacional anunció en el día de ayer el reemplazo del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) por el Programa de Recuperación Productiva (Repro II).

Esta nueva modalidad que otorgará un subsidio de 9 mil pesos por cada salario, buscará asistir a aquellas empresas que no estén catalogadas dentro de actividades críticas, pero que puedan demostrar una variación interanual negativa en su última facturación. 

Al igual que el ATP el Repro II se acreditará en el CBU declarado en el sistema por cada trabajador y será depositado por ANSES.

Esta herramienta se extenderá hasta por dos meses con la posibilidad de que el empleador pueda reinscribirse durante el último mes de vigencia.

Sin embargo, beneficiarios que se inscriban deberán cumplir una serie de requisitos excluyentes: no podrán estar inscriptos en el programa ATP para el cobro de salarios complementarios, como tampoco al beneficio de los créditos a tasa subsidiada del ATP. Asimismo, no podrán estar anotados en el Repro tradicional establecido por la resolución de la entonces Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo del ex Ministerio de Producción y Trabajo del 28 de septiembre de 2018, ni tampoco en el «Programa de Inserción Laboral (PIL)».

Cabe destacar además que, este nuevo instrumento pasará a la orbita del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social,       quien será el responsable de definir su aprobación analizando las siguientes variables: comparación a los tres meses previos de la presentación y con igual período del año anterior, variación porcentual interanual de la facturación, la variación porcentual interanual del IVA compras, el endeudamiento en 2020, la liquidez corriente en 2020, la variación porcentual interanual del consumo de energía eléctrica y gasífera, la variación porcentual interanual de la relación entre el costo laboral total y la facturación y la variación porcentual interanual de las importaciones.

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