Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informamos que fue publicada la Ley 6.418 (BO porteño de fecha 7 de junio del corriente), que exime del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondientes a los anticipos de los meses comprendidos entre mayo y julio del 2021 inclusive a los contribuyentes o responsables que desarrollen las siguientes actividades:
- Servicios de restaurantes y cantinas sin espectáculo
- Servicios de restaurantes y cantinas con espectáculo
- Servicios de “fastfood” y locales de venta de comidas y bebidas al paso
- Servicio de expendio de bebidas en bares
- Servicio de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostrador
- Servicio de expendio de helados
Para acceder a este beneficio, los contribuyentes deberán solicitar la aplicación del mismo ante la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), conforme el procedimiento y requisitos establecidos en la Resolución 133/2021 (BO porteño de fecha 10 de junio de 2021).
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11 de junio de 2021