Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informamos que el Gobierno nacional exceptuó del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio a las personas afectadas a las actividades relacionadas con eventos culturales al aire libre, funcionamiento de espacios culturales al aire libre y vinculaciones presenciales de niñas, niños y adolescentes alojados en hogares convivenciales, todo ello en el ámbito porteño.
Esta decisión fue oficializada a través de la Decisión Administrativa 1977/2020, publicada en Boletín Oficial de fecha 3 de noviembre del corriente, y establece que dichas actividades deberán realizarse bajo los protocolos establecidos para evitar la propagación de la pandemia. Además, se deberá garantizar la organización de turnos, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias.
Específicamente, la modalidad de apertura de la oferta cultural en uno de los anexos de la norma dispone que “sólo se podrá desarrollar en patios al aire libre y terrazas de aquellos establecimientos ya habilitados o que se encuentren en trámite y librados al uso, y que hayan declarado la existencia de patios al aire libre y terrazas destinados a la permanencia de público, así como en áreas culturales sobre veredas, calzadas y espacios públicos habilitados”.