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23 enero , 2023

IGJ – Horarios y modalidad de atención durante enero

Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA) recordamos que, a través de la Resolución N°15/2022 publicada en diciembre pasado, la Inspección General de Justicia (IGJ) dispuso, con motivo de las ferias establecidas por el Poder Judicial de la Nación para el corriente mes de enero, una serie de modificaciones en cuanto a su modalidad y horarios de atención.

Mesa de Entradas: el horario de atención en la sede central de la IGJ sita en Av. Paseo Colón 291, así como también en las sedes del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal sito en Av. Corrientes 1441, del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires sito en Av. Gral. Las Heras 1833 y del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA ubicado en la calle Viamonte 1549, será de 10 a 13 horas. Cabe resaltar que se atenderá exclusivamente con turno previo y sólo a los efectos de efectuar trámites habilitados.

Departamento de Rúbricas: la entrega de libros rubricados será de 10 a 13 hs., únicamente con turno previo.

Recepción de oficios judiciales: se recibirán solamente aquellos oficios judiciales que tengan carácter de urgente (los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte de auto ordenatorio o del cuerpo del despacho; los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materia penal y correccional; los provenientes de organismos instructorios en materia penal y otros que puedan considerarse urgentes. Los oficios no comprendidos en el presente artículo y que, de igual modo sean ingresados por la plataforma DEOX y/o NYPE durante el mes de enero de 2023, serán rechazados “in limine” mientras dure la feria judicial. Aquellos oficios que fueran rechazados, deberán ser ingresados nuevamente a partir del mes de febrero de 2023, a fin de que la IGJ les de curso.

A su vez, no se recepcionarán trámites registrales y los trámites ya inscriptos se podrán retirar del Departamento de Mesa de Entradas, según lo dispuesto en el art. 2 de la Resolución N°15/2022.

El organismo dará curso a los trámites habilitados que ingresen a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) pero NO a contestaciones de vistas, emplazamientos, intimaciones y/o requerimientos notificados con anterioridad al 31 de diciembre de 2022. El plazo se tendrá por automáticamente suspendido a partir del 31 de diciembre de 2022 y se reanudará, también de manera automática, el 1 de febrero de 2023.

Asimismo, se dispone normalmente la tramitación de denuncias conforme las medidas propias de fiscalización permanente sobre sociedades comprendidas en los artículos 299 y 301 de la Ley 19.550 y las sociedades y entidades civiles comprendidas en los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 22.315.

Finalmente, de modo excepcional, se podrá solicitar la habilitación de trámites excluidos cuya autorización quedará a consideración de la dirección del organismo.

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