La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informa que la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de la Resolución 568/2021, estableció que aquellos locales que se encontraban hasta ahora excluidos del beneficio del Programa de Asistencia al Sector Gastronómico y Hotelero de CABA por haber iniciado sus actividades posteriormente al mes de abril de 2019 quedarán, a partir de esta nueva normativa, incorporados al mismo.
De esta manera se dispone que, si la fecha de inicio de actividades del local fuera posterior al mes de abril de 2019, se eximirá al empleador de acreditar la disminución del nivel de facturación para que pueda acceder al beneficio.
Asimismo, a raíz de la nueva normativa, se establece que en los casos en que el domicilio laboral del trabajador se encuentre dentro de la zona de emergencia (Comunas 1, 2 y 3 y Puerto Madero), éste percibirá quince mil pesos ($15.000) por cada trabajador y, en los casos en que el domicilio laboral del trabajador estuviera fuera de la zona de emergencia, percibirá diez mil pesos ($10.000) por cada trabajador.