La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) recuerda los procedimientos para acceder a créditos a tasa cero siendo cliente o no cliente de la entidad bancaria proveedora, según la información proporcionada por el Banco Central de la República Argentina a través de la Comunicación A 6993.
En tal sentido los organismos financieros reciben diariamente la información recabada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a los fines de verificar quiénes son elegibles, por hasta qué monto y en qué entidad, cumplimentado lo previsto en el Artículo 2° de la Resolución General 4707/2020.
En dicho marco, desde el momento en que la solicitud sea presentada, la entidad financiera contará con hasta 2 días hábiles para proceder a la acreditación de la financiación
Recordamos además que en los casos en que el beneficiario sea cliente de la entidad, las entidades financieras deben permitir que puedan solicitar los “Créditos a Tasa Cero” a través de la banca por Internet (“homebanking”).
Cuando el beneficiario no sea cliente de la entidad bancaria, se establecerá el contacto vía dirección electrónica (casilla de correo) para instruirlo respecto a la continuidad del trámite, según fuera informado mediante la Comunicación B 12001.
Asimismo, destacamos también que los movimientos vinculados a “Créditos a Tasa Cero” deberán ser identificados en los resúmenes y extractos correspondientes a las tarjetas de crédito y a las ‘cuentas a la vista para compras en comercios’ con la siguiente leyenda: “ATP Gobierno Nacional”, según lo publicado en la Comunicación B 12002 del BCRA.