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6 octubre , 2020

INFORME CEPA: EN ARGENTINA LAS MUJERES POSEEN MENOS DE LA MITAD DE BIENES QUE LOS HOMBRES

La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA), a través de su Mesa Tributaria, destaca el estudio que días atrás publicara el Centro de Economía Política Argentina (CEPA), un análisis de las desigualdades de género existentes en Argentina en términos patrimoniales, que revela que las mujeres en nuestro país poseen menos de la mitad de los bienes que poseen los hombres.

Se trata de un tema poco abordado desde los estudios económicos y de géneros que cobra particular trascendencia en el contexto político argentino actual del debate sobre el Aporte Solidario y Extraordinario de las Grandes Fortunas ante la pandemia de COVID-19.

El informe del CEPA se divide en dos partes:en la primera se analiza la brecha económica por razones de género en términos de ingreso, considerando la fuente SIPA-AFIP para el año 2019, y en la segunda, se observan las diferencias patrimoniales, utilizando datos de la Base de Bienes Personales, también de AFIP, del año 2018 (última disponible a la fecha).

Uno de los puntos más importantes de la investigación refiere a que el Impuesto a los Bienes Personales alcanza a un 66% de varones y a un 34% de mujeres, y agrega que “si valorizamos los bienes, ese valor baja al 28%”. ¿A qué se debe esto? A que la Ley de Impuesto a los Bienes Personales, en su origen, expresaba que “los bienes gananciales correspondía atribuirlos al marido… excepto que…” y señalaba a continuación, un par de salvedades. 

Cuando se comenzó a redactar el nuevo Código Civil y Comercial en nuestro país y llegó el reconocimiento del matrimonio igualitario, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) debió adaptarse a dichos cambios. Así, el organismo realizó las modificaciones pertinentes y las informó a través de una circular en 2011.

A partir de esta normativa, los contadores comenzaron a declarar patrimonialmente los bienes ante AFIP de manera más justa y eficiente, repartidos éstos entre los cónyuges y aprovechando el mayor mínimo no imponible.

No obstante, la realidad es contundente: existe entre géneros una distribución realmente asimétrica. Para demostrarlo, el CEPA tomó como base las Declaraciones Juradas del Impuesto a los Bienes Personales presentadas ante AFIP en 2018. 

Podemos decir que en resumen, algunas de las causas que generan esta profunda brecha tienen que ver con las herencias patriarcales, con los ingresos y salarios bajos que perciben las mujeres en comparación con los hombres y con el hecho de que usualmente, los inmuebles se registran a nombre del hombre y no de la mujer, entre otras causas.

Otro dato a tener en cuenta es que en el caso de las poblaciones vulnerables, al inscribirse el terreno o la vivienda totalmente a nombre del hombre, se genera un gran problema porque si la mujer es expulsada del hogar, aunque tenga hijos, sencilla y lamentablemente pierde sus derechos y se queda sin vivienda. Sin duda, se trata de un tema para reflexionar.

En este punto, es importante resaltar que el derecho de propiedad de los bienes (sean estos gananciales o no) se rige por el Código Civil y Comercial de la Nación y no por las normas tributarias.

En ese sentido, el Código Civil y Comercial establece dos regímenes patrimoniales para el matrimonio:  el de comunidad y el de separación de bienes. Por su parte, la  Ley de Impuesto a las Ganancias dispone, solo para el primero de ellos, que los bienes gananciales deben ser declarados por cada cónyuge en función de su contribución personal a dicha adquisición o en partes iguales cuando hubiere imposibilidad de determinarla. En el segundo caso, ambas normas son coincidentes.

La distribución asimétrica para 2018, según surge del informe del CEPA, es sin embargo hoy, mucho mejor que 10 años atrás. La creciente igualación de participación en la vida económica de todos, sin distinción de género, poco a poco va en camino de que ambas normas confluyan en los hechos.

Para acceder al informe completo, clic AQUÍ

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