Tal como lo solicitara la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) días pasados ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) – ver nota presentada – informamos que el ente recaudador formalizó una serie de beneficios para los contribuyentes que cumplieron puntualmente con sus obligaciones, a través de la Resolución General 4855/2020, publicada en Boletín Oficial de fecha 10 de noviembre del corriente.
Esos beneficios contemplan la exención para monotributistas, una deducción especial del impuesto a las Ganancias para los autónomos y un mecanismo de amortización acelerada de inversiones para micro y pequeñas empresas, entre otras cuestiones.
- MONOTRIBUTISTAS
La eximición del componente impositivo del pago mensual se efectuará a partir del período fiscal enero de 2021, será en cuotas mensuales y consecutivas, con un tope de $17.500. El beneficio varía de acuerdo a cada categoría.
- A y B de pequeños contribuyentes se los eximen en los períodos fiscales enero a junio de 2021
- C y D se exime 5 cuotas, de enero a mayo de 2021
- E y F abarca 4 cuotas, de enero a abril 2021
- G y H se eximen 3 cuotas, de enero a marzo de 2021
- I, J y K se eximen 2 cuotas, enero y febrero de 2021
- AUTÓNOMOS
Aplica a la declaración jurada correspondiente a 2020 para personas humanas y sucesiones indivisas.
- MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS
Amortizaciones aceleradas por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 26 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.
Recordamos que el plan de regularización de deudas tributarias, aduaneras y provisionales implementado para amortiguar la crisis está vigente hasta el 30 de noviembre. La adhesión a los beneficios se realiza a través de la Web de la AFIP.