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1 julio , 2020

Novedades en el ATP: las empresas podrán inscribirse hasta el viernes 3 de julio

La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informa que, en función de lo comunicado por la AFIP a través de la Resolución General 4751/2020, aquellas empresas que requieran asistencia estatal para el pago de los haberes del mes de junio podrán registrarse en la web del organismo hasta el próximo viernes 3 de julio, y cargar allí la información correspondiente a su facturación. Deberán registrarse todas las empresas, incluso aquellas que ya hubieran realizado el procedimiento los meses anteriores.

Aquellas firmas que hayan iniciado sus actividades entre enero y abril de 2019 podrán rectificar la información sobre su facturación y así acceder al Salario Complementario de mayo. Esos datos serán utilizados por AFIP para validar el acceso al beneficio del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP)correspondiente a mayo y el acceso a este salario de mayo se validará cuando se cumplan los parámetros en materia de variación en la facturación entre ambos períodos (esta no debe superar el 5%).

Los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no hubieran informado la CBU de cada uno de sus trabajadores, deberán hacerlo. Cabe destacar que la actividad desarrollada debe estar contemplada en la normativa para acceder al beneficio.

La carga de la información se realiza a través de la web de AFIP en el servicio «Simplificación Registral», y para ello no es necesario contar con una cuenta sueldo. Basta cualquier cuenta bancaria válida donde el trabajador figure como titular o cotitular.

Pasos para inscribirse:

  • Acceder a la web de  AFIP con clave fiscal.
  • Una vez dentro del menú, ir a la sección “Mis Servicios” y completar en el buscador “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción”. Una vez que aparezca el servicio hacer clic en “Agregar”.
  • Para acceder al servicio presionar “INICIAR” y  seleccionar el período por el cual se solicitará el beneficio, en este caso Junio 2020. Para avanzar, presionar el botón verde que indica “Continuar”.
  • El sistema verificará que se hayan presentado todas las DJ 931 y que se encuentre declarado el domicilio fiscal electrónico. Si la información fuera correcta, habrá que tildar el recuadro y luego cliquear en “Confirmar”.

Una vez confirmada la solicitud, en la pantalla se visualizará un mensaje que indica que la inscripción se realizó con éxito.

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