Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informamos que el Ministerio de Trabajo extendió el Programa REPRO 2 para asistir a las empresas en agosto, por medio de la Resolución 486/2021 (BO 20 de agosto de 2021).
La norma establece que el criterio de selección tendrá en cuenta un conjunto de indicadores económicos, financieros y laborales:
- Variación porcentual de la facturación
- Variación porcentual del IVA compras.
- Endeudamiento (pasivo total / patrimonio neto).
- Liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente).
- Variación porcentual del consumo de energía eléctrica y gasífera.
- Variación porcentual de la relación entre el costo laboral total y la facturación.
- Variación porcentual de las importaciones.
El periodo de referencia para la variación porcentual de todos los indicadores – excepto endeudamiento y liquidez corriente – son los últimos dos meses anteriores al mes en el cual el Programa brinda la asistencia y los mismos meses del año 2019.
Para endeudamiento y liquidez corriente, el periodo de referencia es el mes anterior al mes en el cual en el cual el Programa brinda la asistencia.
Además,exceptúa a los sectores críticos de la presentación del balance requerido en la Resolución 938/2020 (Inciso b del Art. 3º) para el mes correspondiente a los salarios devengados en el mes de agosto de 2021.
Por otra parte, indica que para acceder al beneficio de $ 22.000 el trabajador independiente deberá presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el período comprendido entre julio de 2019 y el mismo mes de 2021, cuando hasta ahora se tomaba abril de ambos años para su comparación.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de agosto de 2021