Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informamos sobre la modificación de los parámetros para que algunas empresas accedan el REPRO II de agosto, a través de la Resolución 540/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (BO 10 de septiembre del corriente).
El REPRO II brinda una asistencia económica de $ 22.000 por trabajador, para empresas de sectores críticos, el mismo monto para las de salud y de $ 9.000 para los sectores no críticos afectados.
A partir de la citada Resolución, se adoptaron las recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo, es decir, las variaciones porcentuales de la facturación nominal aplicables como criterio de preselección para el Programa REPRO II del mes de agosto de 2021, considerando como referencia la variación en términos reales establecida en la Resolución 938/20 y sus modificatorias, sean las expuestas en la siguiente tabla (en la columna “Nominal” según Comité REPRO II):
Además, el Comité sugiere que los parámetros definidos para los indicadores que integran en conjunto los criterios de selección al programa REPRO II correspondiente al mes de agosto de 2021, deberían alcanzar los valores planteados en el cuadro siguiente:
En el caso del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores independientes en Sectores Críticos, correspondiente al mes de agosto de 2021, el Comité propone la siguiente variación de la facturación.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de septiembre de 2021