La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA), informa que el Poder Ejecutivo nacional, a través del Decreto 886/2021, dispuso extender hasta el 30 de junio de 2022 la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 34/19 y ampliada oportunamente por los decretos 528/20, 961/20 y 39/21.
De esta manera, el gobierno estableció la reducción progresiva de la duplicación de indemnizaciones por despido y, a partir del 1 de enero de 2022, el trabajador que resulte despedido sin causa tendrá derecho a percibir un incremento del 75% de las indemnizaciones que se irá reduciendo hasta su eliminación, a partir del 01/07/22.
Se prevé una reducción escalonada del agravamiento indemnizatorio que comenzó el 13/12/2019 con el DNU 34/2019; estableciéndose a tal fin, ante extinciones contractuales que se produjeran a partir de despido sin causa, el siguiente cronograma:
- Despidos sin causa dispuestos a partir del 1/1/2022: 75% de agravamiento indemnizatorio;
- Despidos sin causa dispuestos a partir del 1/3/2022: 50% de agravamiento indemnizatorio;
- Despidos sin causa dispuestos a partir del 1/5/2022 hasta el 30/6/2022: 25% de agravamiento indemnizatorio;
Asimismo, la norma mantiene el tope de $500.000 para el incremento, como así también el universo de empleados alcanzados es decir, aquellos que fueran contratadas antes del 13 de diciembre del año 2019.
Por otro lado, cabe destacar que el Decreto 886/2021 no extiende la prohibición de despidos. Por tal motivo, a menos que se publique una normativa sobreviniente, dicha prohibición finalizaría a partir del 1 de enero de 2022.