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27 abril , 2020

CARGA DE DATOS PARA ACCEDER A LOS BENEFICIOS DE ATP

Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) recordamos que todas las empresas registradas en el Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción deben informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) una CBU para cada uno de sus trabajadores, a través del sistema Simplificación Registral.

No es necesario que los datos correspondan a una cuenta sueldo. Los empleadores pueden informar cualquier cuenta bancaria que esté a nombre de cada uno de los trabajadores.

Esta información es necesaria para garantizar el acceso a los beneficios establecidos por el Decreto 332/2020 y modificatorias.

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