La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA) informa que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) adoptó a través de la Comunicación A 7363 el enrolamiento de cuentas en Billeteras Digitales.
De esta manera, se establece que las entidades financieras y los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago (PSPOCP), que brindan el servicio conocido como “billetera digital” o similar deberán: permitir que los titulares de las billeteras puedan asociar las cuentas a partir de su Clave Bancaria Uniforme (CBU) o ALIAS o de su Clave Virtual Uniforme (CVU) o ALIAS.
Asimismo, deberán arbitrar los mecanismos necesarios que permitan a los titulares de las billeteras realizar pagos con transferencia a partir de las cuentas referidas en el inciso a; y además notificar a sus clientes a través de los canales de comunicación habituales lo dispuesto.
Cabe destacar que la fecha límite para dicha implementación será hasta el 1 de diciembre de 2021.