Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió que ningún inscripto en el Monotributo sea dado de baja del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante junio.
La medida – que comenzó a regir en marzo pasado y que ahora se extiende hasta el 1 de julio del corriente – fue publicada este jueves 25 de junio en Boletín Oficial a través de la Resolución General 4738/2020.
Cabe destacar que la normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas. Ante esta situación, la AFIP resolvió que junio no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.
También existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible. La AFIP definió que esos cruces sistémicos tampoco serán utilizados en junio para proceder con exclusiones de oficio.