Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informamos que la Secretaría de Comercio Interior estableció los Parámetros Mínimos Obligatorios de Calidad para los Servicios de Atención y Comunicación a Distancia que brindan los proveedores de bienes y servicios.
Cabe destacar que las Pymes quedan exceptuadas de esta normativa, en el marco de la Ley 25.300 de Fomento para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
Los proveedores incluidos en esta decisión tendrán un plazo de 6 meses para adaptar sus servicios de atención al consumidor, de acuerdo a lo establecido en la Resolución 1033/2021 de esa Secretaría (BO 12 de octubre del corriente).
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de octubre de 2021