La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA) informa que se prorrogó hasta el 31 de octubre de 2024 el plazo previsto en:
- El pago del precio superior a los 21 días contados a partir de la fecha de recepción de la factura de crédito electrónica en el domicilio fiscal electrónico del obligado al pago (Art. 4 Ley 27.440)
- La constitución de título ejecutivo y valor no caratular (Art. 4 Ley 27440)
- La emisión de notas de débito y crédito que se ajusten a la operación (Art. 4 Ley 27440)
- La aceptación de la Factura de crédito electrónica (Art. 5 Ley 27440)
- La aceptación tácita (Art. 6 Ley 27440)
- Efectuar el rechazo de la Factura de crédito electrónica y su inscripción en el Registro de Facturas de Crédito Electrónica MIPYMES (Art. 8 Ley 27440)
La medida fue establecida a través de la Resolución 9/2024 de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo.
Fuente: Contadores en Red
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 1 de marzo de 2024