Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA) informamos que la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía oficializó la modificación de los trámites que deben realizar los fabricantes e importadores de electrodomésticos, a través de la Resolución 438/2024 (BO 25 de noviembre del corriente). Para acceder a la norma, clic aquí
En ese sentido, aprobó el nuevo Reglamento Técnico que establece los requisitos y características esenciales para el etiquetado de eficiencia energética, a los que deberá adecuarse todo aparato nuevo que requiera energía para su funcionamiento o cuya utilización tenga una incidencia en su consumo.
Según fuentes del Gobierno nacional, la medida reducirá los costos para aquellas empresas que importan y fabrican electrodomésticos en el país, y promete una mayor oferta de productos, mayor competencia y una eventual baja de precios.
Los productos incluidos: refrigeradores, congeladores y freezers, lavarropas eléctricos, acondicionadores de aire, hornos a microondas, calentadores de agua eléctricos, lámparas, televisores, motores de inducción, lavavajillas, hornos eléctricos y electrobombas.
Cabe destacar que los procedimientos instituidos por la nueva normativa serán realizados a través de la Plataforma de “Trámites a Distancia” (TAD).
La norma detalla que fabricantes e importadores deberán garantizar que todo equipo que se introduzca en el mercado cuente con la etiqueta de eficiencia energética a partir del día 5 de marzo de 2026.
Asimismo, indica que los comercializadores deberán asegurase que, desde esa la citada fecha, todos los canales de publicidad y venta dispongan el etiquetado de eficiencia energética acorde a los regímenes vigentes.
Por otra parte, la Resolución establece que desde el 5 de marzo de 2028 deberá cesar la comercialización mayorista y minorista de los productos cuyas etiquetas no se adecuen a lo previsto.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27 de noviembre de 2024